Down Galicia, como entidad representativa de un colectivo que lleva más de 15 años luchando por la inclusión educativa de todas las personas, ha presentado una serie de aportaciones al borrador del decreto que regula la Formación Profesional Básica. Las aportaciones se refieren, fundamentalmente, a la necesidad de que dicho decreto recoja todas las medidas precisas para garantizar que las personas con dificultades de aprendizaje no queden excluidas del sistema educativo ordinario. Una circunstancia que se contempla en la normativa internacional, particularmente en la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad aprobada por la ONU, a la cual se adhirió el Estado español en el año 2008.
El Decreto polo que se regulan os aspectos específicos da formación profesional básica das ensinanzas da formación profesional dos sistema educativo en Galicia e se establecen vinte e un currículos de títulos profesionais básicos” será el decreto que regula las enseñanzas que sustituyen a los programas de cualificación profesional inicial (PCPI), diseñados para aquel alumnado al que le cuesta obtener el título de la ESO.
Principales aportaciones de Down Galicia al borrador del decreto
1. En los requisitos de acceso a la FP Básica deben contemplarse las particularidades de las personas con necesidades educativas especiales (atendiendo al artº 23 R.D. Legislativo 1/2013 do 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social”), tal que;
- No contemplar la edad como requisito de acceso o establecerlo con la máxima flexibilidad posible; los/as alumnos/as con necesidades educativas especiales (NEE) por su proceso de aprendizaje y adquisición de conocimientos más lento, por norma general rematan la ESO entre los 16 y los 22 años, por lo que para garantizar su derecho de acceso a la FP Básica no se debería establecer tope máximo de edad para el acceso.
- No contemplar como requisito de acceso la exigencia de tener cursado el 1º ciclo de la ESO (1º, 2º e 3º ESO)
2. Requisitos de acceso; a nivel general para todo el alumnado de Galicia (tengan o no NEE) se propone abrir la oferta de FP Básica sin límite máximo de edad, en régimen de adultos y oferta modular presencial (igual que existe en los ciclos de FP). Así se ofrecería la alternativa de acceder a un Título académico FP Básica, para adultos que quedan fuera de los estudios de Formación Profesional reglada porque non cumplen los requisitos de acceso a ciclos.
3. Aplicar las medidas de accesibilidad necesarias para el alumnado con NEE (artº 20 e 21 R.D. Legislativo 1/2013, do 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social”), entre las que como mínimo deben figurar;
- Flexibilización de los cursos de FP Básica en la línea de lo regulado en los PCPI. Resulta necesaria una flexibilización de cursos, contenidos, materiales y actividades adaptándose plenamente a las necesidades del alumnado con NEE. Adaptaciones de contenidos, materiales, actividades,.. para aquel alumnado que lo necesite, siempre que se garantice su titulación y se ajusten plenamente las adaptaciones a las necesidades del alumnado con NEE. Gran parte del alumnado con NEE, sin una adaptación de los contenidos, queda totalmente condenado al fracaso, por lo que se deben individualizar los objetivos a conseguir con una adecuada planificación y orientación. Al mismo tiempo, debería incrementarse la duración de la formación en centros de trabajo (actualmente limitada a 130 h)
- Lectura fácil; contemplar esta metodología de redacción accesible para los contenidos, la realización de pruebas,..
- Profesorado de Apoyo – Refuerzo Educativo; que haya profesorado de apoyo debidamente cualificado, que entre sus funciones tenga la obligación de adaptar sus contenidos a las características específicas do su alumnado, de realizar el seguimiento de los aprendizajes alcanzados y una planificación clara de los objetivos y, de proceder, se coordinará adecuadamente con el resto de agentes que participan en el plan de intervención del/a alumno/a con NEE (como por ejemplo entidades de servicios sociales de atención a la discapacidad)
4. Regular una reserva de plazas para alumnos/as con NEE en cada especialidad; mínimo reserva de 2 plazas por curso, en el caso de los cursos con mayor demanda por parte de alumnado con NEE establecer una reserva mínima de 4 plazas por curso.
- Garantizar una ratio de alumnos/as en aula que permita una formación y capacitación efectiva y eficaz; máximo 12 alumnos/as curso en la línea de lo regulado en los PCPI; contemplar un número superior de alumnos/as dificulta el aprendizaje y la inclusión del alumnado con NEE (artº 18 R.D. Legislativo 1/2013).
5. Garantizar una oferta de FP Básica que dé cobertura al amplio territorio de Galicia llegando a las zonas rurales con nivel de población considerable demandante de dicha formación o conseguir unos medios de transporte adecuados en el supuesto de que las personas con discapacidad no tengan otra opción que desplazarse para conseguir formarse (artº 23 R.D. Legislativo 1/2013, do 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social” )
6. Que la FP Básica en la modalidad A alcance todos los centros en función de las familias profesionales que tengan.
7. Garantizar la inclusión educativa; referente a la Disposición Adicional cuarta del Decreto 127/2014; “Otros programas formativos de formación profesional para los alumnos y las alumnas con necesidades educativas específicas”, en base a la Convención de la ONU sobre los Derechos de las personas con Discapacidad que España ratificó estando en vigor en nuestro país desde el 2008: tal como recoge en su artículo 24; “asegurar un sistema de educación inclusivo a todos los niveles” es imprescindible garantizar la inclusión educativa del alumnado con discapacidad en el sistema educativo, por lo que resulta determinante definir adecuadamente esta formación, así como la titulación que se va a obtener por parte del alumnado con NEE en estos programas.
8. Articulo 23 Decreto 127/2014; evaluación en la FP Básica: permitir un plazo máximo de permanencia superior para el alumnado con NEE con la opción de repetir cada uno de los cursos una segunda vez, igual que en los PCPI que contemplaban 2 cursos + 2 flexibilizaciones + 1 repetición por curso, lo que supone un total máximo de permanencia de 6 años.