El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el anteproyecto de ley por el que se reformará la legislación civil y procesal en lo referido a las limitaciones de la capacidad jurídica por razón de discapacidad. El objetivo de esta reforma es acabar con la incapacitación judicial completa del colectivo y, en su lugar, favorecer su capacidad de decisión con un sistema de apoyos adecuado.
El anteproyecto de Ley, que se remite al Congreso de los Diputados para comenzar su trámite parlamentario, ha sido elaborado por la Comisión General de Codificación del Ministerio de Justicia, que ha trabajado en los últimos años en la preparación de la propuesta, oyendo y consultando a todas las instancias y operadores jurídicos con interés en la reforma, la mayor en número de artículos modificados del Código Civil desde su adopción en el siglo XIX.
Con esta iniciativa legislativa, se da cumplimiento al mandato del artículo 12 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que obliga a los Estados parte, entre ellos España, a garantizar la igual capacidad jurídica de las personas con discapacidad en todo el tráfico jurídico sin restricciones ni exclusiones, prestando apoyos para la toma de decisiones cuando sea preciso, pero sin sustituir a la propia persona.
La reforma legal iniciada este martes supondrá un cambio radical en cómo el Derecho civil ha entendido la discapacidad y a las personas con discapacidad, pasando del esquema paternalista y restrictivo de derechos de la sustitución al promotor de los apoyos a la toma de decisiones.
Según informa el Comité Español de Representantes de las Personas con Discapacidad (CERMI), el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ha explicado en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros que la reforma supone el reemplazo de la figura de la tutela -donde una tercera persona se encarga de decidir por la persona incapacitada judicialmente- por la de la curatela, que pretende que sea la propia persona interesada quien adopte dichas decisiones, siempre con los apoyos y las ayudas necesarias.
La nueva norma insiste en que los poderes públicos deben asegurar un sistema de apoyos adecuados a las personas con discapacidad. Además del Código Civil, el anteproyecto prevé modificar la Ley Hipotecaria, la de Enjuiciamiento Civil, la del Notariado, la referida a la Jurisdicción Voluntaria y la de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad.
Novedades
La reforma elimina la incapacitación o modificación de la capacidad del Código Civil -pues ésta, como condición inherente de la persona, no puede modificarse-, por el ‘apoyo’, término que engloba desde la ayuda técnica en la comunicación de declaraciones de voluntad o la ruptura de barreras arquitectónicas, hasta la representación o sustitución en la toma de decisiones.
Desaparecen las figuras de la tutela para los mayores de edad, la patria potestad prorrogada y la patria potestad rehabilitada, puesto que «no responden al sistema de promoción de la autonomía de las personas adultas con discapacidad».
Además, la reforma pretende atender los aspectos personales y no sólo los patrimoniales, y prioriza todas aquellas medidas que la persona pueda adoptar con carácter preventivo, como mandatos y poderes preventivos.
Se refuerza la guarda de hecho, concebida para permanecer en el tiempo, y reserva la tutela a los menores de edad que no estén protegidos a través de la patria potestad.
El anteproyecto afecta también a otras normas relativas al Derecho internacional privado, a los actos relativos a la nacionalidad, el matrimonio o la filiación, así como a algunas reglas del Derecho de sucesiones y de contratos.
Finalmente, prohíbe que las entidades de apoyo a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo que presten servicios puedan también actuar como tutoras y ser así «juez y parte en el proceso».