¿Sabías que desde el pasado 1 de enero de 2024 tus donaciones tienen más ventajas fiscales?
El pasado 19 de diciembre se aprobó el Real Decreto-ley 6/2023, que modifica la legislación sobre mecenazgo vigente en España hasta ese momento, dando así respuesta a una de las solicitudes del tercer sector, ya que favorece las donaciones culturales y sociales.
La RAE define el mecenazgo como la “protección o ayuda dispensadas a una actividad cultural, artística o científica”. Se trata de una colaboración desinteresada por parte de la persona mecenas, que actúa movida por el altruismo y es fruto de su compromiso social.
De entre las principales modificaciones de esta ley, destacamos, por un lado, el incremento en los porcentajes de deducción. En el caso de las personas físicas, la base sobre la que se puede deducir el 80% aumenta de 150€ a 250€ y la cantidad restante contará con un 40% de deducción en lugar del 35% anterior.
En ambos casos, se premia el llamado mecenazgo sostenido, en el que la deducción aumenta si se ha realizado una donación por el mismo importe o por importe superior en los dos años anteriores. En este último supuesto, la deducción será del 45% para las personas físicas y del 50% para las personas jurídicas, mientras que antes era del 40% en ambos casos.
Por otro lado, la nueva legislación incluye de forma expresa la cesión de uso de bienes muebles e inmuebles como donaciones fiscalmente deducibles.
Por último, se reconoce explícitamente a las aportaciones en especie y a la prestación gratuita de servicios dentro del concepto de convenio de colaboración, pudiendo los colaboradores difundir y publicitar su participación.
Si quieres colaborar con la Federación Down Galicia y ayudarnos a seguir proporcionando a las personas con síndrome de Down y otras discapacidades intelectuales un sistema estructurado de apoyos que les permitan llevar la vida que ellas mismas elijan, entra en este enlace.
¡Muchas gracias!